Por: Yuly Solis • Colombia.com

El Senado de la República aprobó la reforma pensional: ¿Para quiénes aplicaría el nuevo régimen?

Este martes fue aprobada la Reforma Pensional en plenaria del Senado.

Actualización
El Senado de la República aprobó la reforma pensional del Gobierno Petro. Foto: Twitter
El Senado de la República aprobó la reforma pensional del Gobierno Petro. Foto: Twitter

Este martes fue aprobada la Reforma Pensional en plenaria del Senado.

En horas de la noche de este martes, 23 de abril, la plenaria del Senado de la República aprobó en segundo debate el proyecto de reforma pensional presentado por el Gobierno Petro, en el cual se resaltan los artículos sobre la creación de un fondo de ahorro público para proteger el pago de las pensiones y la construcción de un único Sistema Integral de Protección a la Vejez, cuyo administrador será Colpensiones.

Tras ser aprobada en el Senado de la República, la Reforma Pensional pasa a la Cámara de Representantes, donde debe enfrentar otros dos debates. La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, indicó que el articulado aprobado garantiza una reforma pensional equitativa e inclusiva.

“La reforma pensional verdaderamente defiende el ahorro de la gente. El ahorro es la cotización. Usted cotiza para el público o cotiza en el privado, y ese es el ahorro. No quiere decir que si se pasa de un lado al otro pierde su ahorro. El ahorro ha quedado blindado y será manejado por el Banco de la República para la tranquilidad y serenidad del pueblo colombiano”, dijo.

Entre los artículos que se resaltan está la creación de un fondo de ahorro para proteger el pago de las pensiones y la fijación del umbral de 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes para cotizar a Colpensiones.

¿Para quiénes aplicaría el nuevo régimen de la reforma pensional?

El Senado aprobó que la Ley de la Reforma Pensional entre en vigencia el 1° de julio del 2025.
Según establece el régimen de transición, al momento de entrar en vigencia el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, se tendrá en cuenta a las personas que ya tengan un cierto número de semanas cotizadas.

Lo anterior significa que:

Las mujeres que tengan 750 semanas cotizadas y los hombres que tengan 900 cuando entre en vigor la nueva Ley (1/07/2025), se les continuará aplicando en su totalidad la Ley anterior (Ley 100 de 1993) y sus modificaciones.

Así mismo, se establece que a quienes les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán 2 años a partir de la promulgación de la presente ley para trasladarse de régimen, ya sea de un fondo privado hacia Colpensiones, o viceversa.